Boletín Laboral
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+Vistos Trabajo
- La dimisión de los trabajadores fijos discontinuos y el despido improcedente
- La vivienda como salario en especie del trabajador
- Jornada laboral, horarios, descansos y turnos de trabajo
- 11 modalidades y 4 causas: la extinción del contrato de trabajo
- Discriminación salarial por razón de sexo: misma categoría no es suficiente para idéntico valor
- La eliminación del turno de tarde por reducción de jornada por cuidado de hijo
- Cobro de indemnización por daños y perjuicios por los herederos de trabajador fallecido
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- Escrito por: Ayuda Laboral
La continuidad del derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría
La excedencia voluntaria tiene su origen en el artículo 46.2 Real Decreto Legislativo 2/2015, del Estatuto de los Trabajadores, donde se establece que un trabajador con una antigüedad mínima de un año en la empresa, tiene derecho a que se le conceda una excedencia voluntaria de entre 4 meses y 5 años de duración. Tiempo durante el cual su contrato de trabajo, en la empresa donde la ha solicitado, estará suspendido.
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- Escrito por: Ayuda Laboral
La acumulación de impagos con el consentimiento del trabajador no impide la extinción
La extinción del contrato de trabajo por retraso o falta de pago del salario, viene prevista en el artículo 50.1.b Real Decreto Legislativo 2/2015, del Estatuto de los Trabajadores, para que el trabajador pueda dar por finalizada su relación laboral ante estos incumplimientos de la empresa. Lo que tiene un tratamiento equivalente al de despido disciplinario declarado improcedente, a la hora de poder acceder a la prestación por desempleo, y también para percibir una indemnización de 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.
Aunque antes de poder llegar a ese punto hay que tener en cuenta una serie de precisiones y requisitos:
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- Escrito por: Ayuda Laboral
Período cuando la empresa y trabajador se prueban y pueden finalizar el contrato sin justificación
En el contrato de trabajo se podrá concertar por escrito un período de prueba, previsto en el artículo 14 Real Decreto Legislativo 2/2015 del Estatuto de los Trabajadores, de acuerdo con lo previsto sobre el mismo en el convenio colectivo de aplicación si en él se hubiera tratado esta cuestión, aunque en ningún caso la duración del periodo de prueba podrá ser superior a 6 meses para los técnicos titulados, ni superior a los 2 meses para el resto de trabajadores. Mientras en los casos de empresas de menos de 25 trabajadores el período de prueba no podrá ser superior a 3 meses para los trabajadores que no tengan la condición de técnicos titulados.
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- Escrito por: Ayuda Laboral
Suspensión del contrato con derecho de reingreso en el puesto de trabajo
Las excedencias laborales tienen su origen en el articulo 46 Real Decreto Legislativo 2/2015, del Estatuto de los Trabajadores, donde se detallan las tres posibilidades que presenta esta modalidad de suspensión del contrato de trabajo, como son la excedencia forzosa, la destinada al cuidado de un hijo o familiar y la voluntaria, cuyas particularidades se exponen a continuación.
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- Escrito por: Ayuda Laboral
El desarrollado de derechos y garantías para las trabajadoras víctimas de violencia de género
El contrato de trabajo ante un problema social de primer orden como es la violencia de género no podía quedar ajeno a ella, aislado de ese problema, que como cuestión social puede llegar a tener influencia sobre el desarrollo de las relaciones laborales en la empresa, por lo que en el Estatuto de los Trabajadores se han desarrollado una serie de derechos y garantías para los trabajadores que se vean afectados por este problema, desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que han quedado plasmados en los siguientes supuestos:
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- Escrito por: Ayuda Laboral
La retribución en especie, incluida la vivienda, no puede superar del 30% de las percepciones salariales
Entre los distintos tipos de salario en especie se encuentra la vivienda de la que hace uso del trabajador, para que ésta pueda ser considerada de esta forma, es preciso que le haya sido facilitada por la empresa de forma gratuita, sin coste para el trabajador, o bien mediante el pago de un alquiler inferior al que le correspondería si se hubiera alquilado en el mercado inmobiliario normal.
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- Escrito por: Ayuda Laboral
El contrato a tiempo parcial a emplear cuando la jornada completa no es la adecuada
Esta contratación, más que una modalidad de contrato de trabajo es un tipo de distribución de jornada laboral, ya que tanto el contrato indefinido ordinario, el contrato eventual por circunstancias de producción, el contrato por obra o servicio determinado o el contrato de interinidad, pueden ser celebrados como contrato a tiempo parcial, siempre que la jornada pactada en el mismo sea inferior a la normal de su sector. Tiene su origen en el artículo 12 Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, siendo sus principales condiciones necesarias para su formalización las siguientes:
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- Escrito por: Ayuda Laboral
Este tipo de traslado viene previsto en el art. 40.3 Real Decreto Legislativo 2/2015, del Estatuto de los Trabajadores, cuando dice:
“Si por traslado uno de los cónyuges cambia de residencia, el otro, si fuera trabajador de la misma empresa, tendrá derecho al traslado a la misma localidad, si hubiera puesto de trabajo”.
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- Escrito por: Ayuda Laboral
La empresa tiene la obligación de facilitar los equipos de protección necesarios y velar para que su empleo sea adecuado
En muchas empresas la seguridad es una “batalla” constante cuando los trabajadores son reacios a emplear los equipos de seguridad que les facilita la empresa, por cuestiones como incomodidad, confianza por la experiencia o simplemente por imprudencia profesional.
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- Escrito por: Ayuda Laboral
Los días fiestivos laborales nacionales y de CCAA
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en la Resolución de 28 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2021, ha fijado el calendario laboral para el año 2021, indicando 3 tipos de festivos:
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- Escrito por: Ayuda Laboral
Debe existir un equilibro entre los servicios mínimos y el derecho de los trabajadores
La huelga es uno de los derechos fundamentales de los trabajadores, reconocido en la Constitución de 1978, en su art. 28.2, con normativa escasamente desarrollada (básicamente el artículo 4.1.e Real Decreto Legislativo 2/2015, del Estatuto de los Trabajadores, y Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo) pero con amplia jurisprudencia sobre los diversos aspectos de su funcionamiento (destacando las sentencias del Tribunal Constitucional 11/1981, 26/1981 y 53/1986), desprendiéndose de todo ello que pese a su condición de fundamental no es un derecho absoluto y tiene una serie de límites.