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Disfrute de Derechos Pactados
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La Sala considera que una vez que empresa y trabajador alcanzan un pacto para mejora de alguna de las condiciones de la relación laboral, esta ha de ser mantenida durante la vigencia del pacto, salvo que se de alguna causa extraordinaria para extinguirla, o que su mantenimiento sea imposible para la empresa por lo costoso de ello. Pero no es posible la extinción de estos pactos por la mera voluntad, forma unilateral, de la empresa.