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Despido de personal laboral al servicio de la administración
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El Tribunal considera que, cuando el personal contratado por la administración, por medio de un contrato laboral, pero sin la realización del concurso publico para la adjudicación del puesto, una vez se da por finalizada esta relación, no existe despido: Ya que al no haber existido concurso, este contrato se entiende realizado por cuestiones de confianza política, una vez desaparecida esta, se extingue el contrato.