Estudia cuando las causas de despido contempladas en el art. 54 del ET, pueden ser consideradas como motivos que implique la extinción del contrato por despido de forma automática, y cuando estas deben ponerse, de forma individual y concreta, en relación con las circunstancias reales del momento en que se produjeron para ponderar su graduación y efectos.

 

Regístrese para leer más…