Estudia, en un supuesto de jubilación parcial de un trabajador con discapacidad
psíquica, cuando deben comenzar los efectos económicos de la pensión, si desde
la fecha en la que la empresa formaliza el contrato de relevo del trabajador que
reduce su jornada, en atención a la discapacidad psíquica del solicitante, o
desde la fechan en la que el trabajador solicita la prestación, con solo una
retroactividad de 3 meses.
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