Estudia si el hecho de que una empresa niegue a los sindicados el acceso a internet y al correo electrónico, así como a poder usar un ordenador y una impresora, vulnera la libertad sindical por interferir en el derecho de información sindical, o si por el contario, al ser estos elementos propiedad de la empresa, el sindicato no tiene capacidad para exigir su utilización, y debe proveerse de sus propios medios de información y comunicación, cuando estos vayan más allá de tablón de anuncios obligatorio.

 

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