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Debe existir un derecho y una obligación de cumplirlo, se debe dar una negligencia y se tiene que causar un daño
Depende de cual sea el origen del acceso a la jubilación parcial, además de la normativa general al respecto con origen en el artículo 215 Real Decreto Legislativo 8/2015, de la Ley General de la Seguridad Social, es decir, de lo pactado sobre ella en el convenio colectivo, y de los motivos que justifiquen el retraso de la empresa en hacer efectivo el acceso del trabajador a ella, tomando como base lo indicado en el artículo 1.101 del Código Civil y sentencia del Tribunal Supremo – Sala Cuarta, de 14 de abril de 2014 – recurso 1667/2013, de lo que resulta:
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Depende del convenio que se aplique en la empresa y la jornada laboral del trabajador:
- Cuándo el convenio reconoce un descanso al superar la jornada una determina duración, como mínimo en los términos del artículo 34.4 Real Decreto Legislativo 2/2015, del Estatuto de los Trabajadores, y de forma expresa indica que este tiempo de “bocadillo” tendrá la consideración de tiempo efectivamente trabajado.
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El órgano encargado de la ordenación del proceso electoral en la empresa
Uno de los elementos fundamentes de proceso electoral en la empresa, descrito en la Sección Segunda del Estatuto de los Trabajadores, es la mesa electoral, cuya funciones y funcionamiento se describen en los en el art. 74 Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, del Estatuto de los Trabajadores, en los términos que se detallan a continuación.
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En primer lugar hay que saber cómo es el traslado, ya que para que exista posibilidad de compensación por parte de la empresa, aquel debe ser definitivo, conllevando el cambio de domicilio habitual del trabajador; o bien que le suponga estar fuera de su puesto de trabajo de origen y de su domicilio, durante más de 12 meses en un periodo de 3 años.
Si este fuera el caso, entonces, de acuerdo con el art. 40 Real Decreto Legislativo 2/2015, del Estatuto de los Trabajadores, el trabajador tiene, en un primer momento, derecho a la compensación tanto los gastos propios como los de los familiares a su cargo.
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