Responsabilidad en despido por falta de comunicación en sucesión de empresa
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Escrito por: Ayuda Laboral
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Un trabajador fijo discontinuo demanda a su empresa por no haber sido llamado al comenzar de nuevo la actividad. La empresa, nueva adjudicataria de la contrata por la que este trabajador se encontraba contratado, responde que el trabajador no es su responsabilidad, pues la empresa saliente, tal como obliga el convenio, no le ha informado de los trabajadores que prestaban servicios en el centro de trabajo que le ha sido adjudicado. Por lo que considera que la empresa responsable del despido improcedente, que se le reclama, es la saliente.