Un trabajador solicita una reducción de jornada por guarda legal de un hijo, sin oposición por la empresa, pero llegado el momento de su aplicación el trabajador solicita poder elegir el horario de trabajo en que se desarrollará su jornada sin estar sometido al sistema de turnos rotatorios que hay establecido en la empresa. A lo que se opone la empresa, por considerar que no es posible tal elección, ya que la norma reguladora solo hace mención a reducción de la jornada y no a poder alterar con ello la organización laboral de la empresa, al alterar el sistema de turnos.

 

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