Un trabajador es despedido por su empresa, por lo que este reclama por despido improcedente. La empresa consigna la indemnización para el evitar el devengo de salarios se trámite, pero el trabajador considera que esta es incorrecta pues la empresa le reconoció como propia la antigüedad que tenia en otras empresas del sector cuando fue contratado, por lo que entiende que al actuar la empresa de mala fe, la consignación no debe surtir efectos y el computo de los salarios se tramitación debe continuar.

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