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Proporcionalidad en la imposición de sanciones
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Un trabajador se ausenta de su puesto, sin avisar a ningún compañero ni superior, durante unos minutos, para ir al aseso, sin asegurarse de si le quedaban tareas pendientes que atender de forma inmediata. Las había, y se realizaron sin su presencia, circunstancia que no supuso riesgos.
Ante esto, la empresa sanciona al trabajador, según el convenio colectivo, con una sanción de suspensión de empleo y sueldo por un día, al considerar que se trata de una falta grabe. Actuación que el trabajador considera desproporcionada, pues a su entender la falta solo ha sido leve, y debe ser resulta con una amonestación privada.
Ante esto, la empresa sanciona al trabajador, según el convenio colectivo, con una sanción de suspensión de empleo y sueldo por un día, al considerar que se trata de una falta grabe. Actuación que el trabajador considera desproporcionada, pues a su entender la falta solo ha sido leve, y debe ser resulta con una amonestación privada.