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Descuento en nómina de los daños causados al equipo de trabajo
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- Escrito por: Ayuda Laboral
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Ante esto el trabajador reclama la devolución de lo descontado, considerado que del importe de la nómina no se puede descontar nada que no esté previsto normativamente, como son los descuentos por cotizaciones a la Seguridad Social, los anticipos o prestamos realizados por la empresa, o las retenciones por IRPF, o llegado el caso dispuesto por una resolución judicial. Pero no así los daños causados en el equipo de trabajo.