Incapacidad permanente total para la profesión habitual y administración de una sociedad

A un trabajador que tiene la profesión de camarero, y la mismo tiempo dirige un establecimiento de hostelería, se le declara en situación de incapacidad permanente total, y como consecuencia de ello causa baja en la Seguridad Social, aunque continua como titular del negocio.

Posteriormente, con otro socio, crea una sociedad con la misma empresa de la que era titular, de la que es nombrado administrador único y se encarga de su dirección y gestión. En estando en esta situación la Inspección de Trabajo le da del alta en RETA con efectos retroactivos y el INSS le reclama la devolución de la prestación que había estado percibiendo durante dos años.

A esta reclamación el trabajador se opone, al considerar que cuando se le declaró en situación de incapacidad permanente total su actividad era la de camarero, aunque fuera titular del negocio, y ahora no tiene funciones de camarero sino únicamente de dirección del negocio, lo que supone una actividad, profesión, diferente.

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