Se constituye una sociedad en la que parte de los socios se integran el RETA y parte se excluyen de este régimen, entre ellos la esposa del administrador delegado por tener tan solo el 0,04% del capital de la sociedad. Pero la TGSS considera que deber está incluida en el Régimen Especial, pues posee el control efectivo, y procede a ello de oficio, reclamándole las cotizaciones desde el momento de la sociedad comenzó su actividad.

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