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Nulidad de la negociación colectiva sin representantes legales de los trabajadores
- Detalles
- Escrito por: Ayuda Laboral
- Creado:
Al finalizar la consultas con acuerdo, uno de los trabajadores que votó en contra del mismo, considera que esa negociación a efectos colectivos es nula, ya que al no haber nombrado una comisión negociadora, se ha tratado de un pacto de naturaleza plural y no colectiva, de la empresa con cada uno de los trabajadores de forma individual, por lo que no puede ser vinculante para quienes votan en contra del mismo.