Es aquella invalidez que sin alcanzar el grado de total le ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento normal para su profesión, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma.


Requisitos para la concesión de la prestación económica: Para la concesión de la prestación se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar en alta en la Seguridad Social o situación asimilada.

  • Si la invalidez está motivada por enfermedad común:

    • Tener cotizados a la Seguridad Social 1.800 días en los 10 años inmediatamente anteriores a la extinción de la Incapacidad Temporal de la que derive.

  • Si la invalidez está motivada por accidente sea o no de trabajo o enfermedad profesional:

    • No se exige período de cotización alguno.


Cuantía de la prestación por incapacidad permanente parcial: El importe de 24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la prestación de la situación de incapacidad temporal de la que se derive.

Compatibilidades: La prestación por incapacidad permanente parcial para la profesión habitual es compatible con el desarrollo de cualquier tipo de actividad laboral.

Sorry, this website uses features that your browser doesn’t support. Upgrade to a newer version of Firefox, Chrome, Safari, or Edge and you’ll be all set.

Web Analytics