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Apoyo a emprendedores, microempresas, empleo joven, formación y aprendizaje hasta 30 años, vinculación formativa y contratos en prácticas

El Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, en su Disposición transitoria sexta deroga las modalidades de contrato afectados que se desarrollaron en la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral y en la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, siendo estas las siguientes:

  • Contrato indefinido de apoyo a emprendedores.

  • Contrato indefinido de jóvenes por microempresas y empresarios autónomos.

  • Contrato para primer empleo joven.

  • Contrato para la formación y el aprendizaje para personas entre 25 y 30 años.

  • Incentivos del contrato a tiempo parcial con vinculación formativa.

  • Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven.

  • Incentivos a los contratos en prácticas.

Los citados celebrados antes de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 28/2018, continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de su celebración en los términos contemplados en el apartado 2 de la disposición derogatoria única, de la misma norma. Y en todo caso, se consideran válidos los contratos, así como en su caso los incentivos correspondientes, que se hayan celebrado desde el 15 de octubre de 2018 hasta la fecha de entrada en vigor del RD-ley 28/2018, al amparo de la normativa vigente en el momento de su celebración, que se considera plenamente aplicable a estos contratos e incentivos hasta el momento de su derogación o modificación.


Otras novedades del Real Decreto-ley 28/2018

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